BASES DEL PROGRAMA PLAN AMIGO FOTOVOLTAICA
Primero.- Objeto
El presente condicionado tiene por objeto regular la acción “Plan Amigo FV” e organizado por Asuntos y Gestiones S.L. (en adelante el Organizador) domiciliada en Pamplona (Navarra) Polígono Landaben, Calle A s/n y con N.I.F. número B31739311.
Segundo.- ÁMBITO TERRITORIAL Y DURACIÓN
El periodo de participación comienza el día 24 de mayo y se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre de 2021. El ámbito territorial del presente sorteo está limitado al territorio nacional.
Tercero.- PARTICIPANTES.
Podrán participar en el Plan Amigo FV, previa aceptación sin reservas de las presentes bases, todos los trabajadores de cualesquiera empresas que operen bajo la marca Saltoki, excepto promotores de ventas MySolarEnergy y red comercial de Saltoki.
Cuarto.-FUNCIONAMIENTO DE LA ACCIÓN.
Para poder participar, los trabajadores deberán facilitar a través del formulario habilitado en el sitio web www.planamigosaltoki.com los datos identificativos y de contacto de una o varias personas de su entorno interesadas en instalar fotovoltaica en sus hogares o negocios (en adelante el Interesado).
Resulta esencial que previamente a comunicar los datos al Organizador, el participante se asegure de tener el consentimiento del Interesado ya que al cumplimentar el formulario garantiza que ha informado al Interesado sobre la acción y que éste está conforme con que el Organizador le realice una llamada comercial. En este sentido el Organizador se reserva el derecho a emprender acciones judiciales contra aquellas personas que realicen cualquier tipo de acto susceptible de ser considerado contrario al espíritu de la acción o contraria a la normativa de protección de datos.
Tras la recepción de los datos de contacto del Interesado, el Organizador procederá a realizar una llamada comercial al Interesado informándole sobre los servicios relativos a instalaciones fotovoltaicas que ofrece el Organizador y de la identidad del trabajador que ha facilitado el dato.
En el caso de que el Interesado finalmente contrate los servicios del Organizador y siempre que consienta la comunicación de la información al trabajador, el Organizador informará al trabajador del cierre de la operación y procederá a adjudicarle los puntos de conformidad con la tabla indicada en el apartado premios de las presentes bases.
Quinto.- PREMIOS.
Los trabajadores cuyos Interesados terminen realizando su instalación con el Organizador, recibirán puntos por cada contratación de conformidad con la siguiente tabla:
Los puntos podrán cajearse por premios hasta el 31 de marzo del 2022 solicitando el canje al Departamento de Marketing en la dirección lamartinez@saltoki.es. Los premios pueden consultarse en el documento de condiciones de participación facilitado al trabajador, así como consultando al Departamento de Marketing.
Los regalos no podrán cambiarse por otro tipo de artículo o por su valor en metálico.
Si el Interesado no otorga su consentimiento al Organizador para informar al trabajador sobre el estado de la operación éste no podrá asignar puntos al trabajador debido a la imposibilidad de facilitarle información impuesta por el propio Interesado. En este sentido el trabajador nada puede reclamar al Organizador.
SEXTO.-INTERPRETACIÓN DE LAS BASES.
La participación en la presente acción implica la aceptación íntegra de las bases, así como la sumisión al criterio del Organizador en cuanto a la interpretación de las misma o la resolución de cualquier cuestión no contemplada en las mismas. El Organizador se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio, suspender o ampliar esta acción, siempre que exista una causa que lo justifique y así se comunique.
SÉPTIMO.- LEGISLACIÓN Y FUERO
La legislación aplicable a la presente acción será la española, mientras que para cuantas controversias puedan derivarse de la interpretación y ejecución del presente documento, y siempre y cuando legalmente sea posible, en cuanto que en caso contrario se tendrá por no fijado el fuero, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Pamplona con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
En Pamplona a 28 de mayo de 2021.